Guía · Seguridad y salud en el trabajo

Protocolo TMERT: qué exige, lista de chequeo y plazos

El protocolo del MINSAL para los trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo. La versión vigente es la V3, publicada el 25 de febrero de 2026: ya no mira solo las extremidades superiores, sino siete factores de riesgo. Aquí está qué exige, la lista de chequeo inicial, los niveles de riesgo y cada plazo, con su punto del protocolo.

Guía informativa, no asesoría legal. Revisa la norma vigente en Ley Chile y consulta a tu experto en prevención o a tu mutualidad.

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Qué es

Qué exige el protocolo TMERT y a quién

El DS 594 obliga al empleador a evaluar los factores de riesgo de trastornos musculoesqueléticos de las tareas de sus puestos de trabajo según la norma del MINSAL (art. 110 a.1). Esa norma hoy es el protocolo V3, aprobado por la Res. Ex. N° 1.697 y publicado en el Diario Oficial; reemplazó la versión de 2024.

Además, el DS 44 pide que la matriz de riesgos considere los riesgos ergonómicos y los de los programas de vigilancia ocupacional (art. 7): lo que sale del protocolo entra a la matriz.

Micro (1 a 9) o sin comité paritario

Hace la empresa

Identificación inicial

Con el organismo administrador

Identificación avanzada con un profesional del organismo administrador, en terreno

Pequeña (10 a 49) sin comité ni prevencionista

Hace la empresa

Identificación inicial

Con el organismo administrador

Identificación avanzada con un profesional del organismo administrador, en terreno

Mediana y grande

Hace la empresa

Identificación inicial y avanzada

Con el organismo administrador

Evaluación inicial y avanzada, cuando la identificación sale no aceptable

Punto 5.1 del protocolo. En toda empresa el proceso es participativo y queda documentado con la firma de la empresa, del representante de los trabajadores en el comité paritario (si existe) y de los trabajadores del área.

Lista de chequeo

La identificación inicial, pregunta por pregunta

Es la Tabla 1 del protocolo y la primera lista de chequeo que aplica la empresa en cada puesto. Márcala para un puesto real de tu planta.

  1. 1. Trabajo repetitivo de miembros superiores

    ¿Hay tareas con manos y brazos de una hora o más en la jornada y 5 o más horas a la semana? Armar, cortar, apretar, envasar, digitar.

  2. 2. Postura estática o forzada

    ¿Se mantiene cabeza, cuello, tronco o extremidades en una postura por más de 4 segundos? Cabeza inclinada, tronco girado, hombros adelantados.

  3. 3. Levantamiento, descenso o transporte

    ¿Se levanta, baja o traslada a mano un objeto de más de 3 kg? Cajas, sacos, bandejas, paletizado.

  4. 4. Empuje y arrastre

    ¿Se empuja o arrastra una carga con el cuerpo, con una o dos manos? Carros, transpaletas manuales, carretillas.

  5. 5. Manejo manual de personas

    ¿Se mueve o sostiene a una persona o parte de su cuerpo, con o sin ayudas? Típico de salud y cuidados.

  6. 6. Vibración de cuerpo entero

    ¿Hay vibración perceptible al estar de pie o sentado sobre una máquina o vehículo?

  7. 7. Vibración mano-brazo

    ¿Se usan herramientas neumáticas, eléctricas, de impacto o percutoras?

Responde las siete preguntas para este puesto

Es la etapa que hace la propia empresa; las siguientes dependen de lo que marques aquí.

Resumen de las preguntas del protocolo V3; para aplicarlo usa el texto completo y los formatos de tu organismo administrador. Material del ISL.

Etapas

De la lista de chequeo a la evaluación: las cinco etapas

Cada etapa existe solo si la anterior encontró riesgo. Toca una para ver quién la hace y qué sale de ella.

1Identificación inicial2Identificación avanzada3Condición crítica4Evaluación inicial5Evaluación avanzada

Etapa 1 de 5 · La empresa

Identificación inicial

Se caracteriza cada puesto (Anexo I) y se responden las siete preguntas. Si todas son NO, no hay exposición y se repite cada 3 años o apenas cambie la tarea.

Niveles de riesgo

Verde, amarillo y rojo: qué hacer con cada nivel

Nivel

Bajo · verde

Condición

Exposición controlada

Qué sigue

Revisión periódica de la tarea cada 3 años, partiendo otra vez por la identificación inicial.

Nivel

Medio · amarillo

Condición

No aceptable

Qué sigue

Intervenir el puesto en máximo 90 días, bajando primero los factores con mayor puntaje, y reevaluar con el mismo método.

Nivel

Alto · rojo

Condición

No aceptable

Qué sigue

Intervenir en máximo 90 días y reevaluar. Si vuelve a salir alto, o si salió medio, pasa a evaluación avanzada.

Tabla VIII y punto 5.2 del protocolo. El riesgo de la tarea es el del factor peor evaluado. Las medidas de ingeniería van antes que las administrativas: estas sirven como solución provisional y deben quedar documentadas con su responsable (punto 7).

Plazos

Todos los plazos del protocolo TMERT

Los que corren para la empresa y los que corren para su organismo administrador, con el punto del protocolo donde están.

3 años

Qué

Nueva identificación inicial si no hubo riesgo, o revisión si la condición es aceptable o el riesgo es bajo

Dónde

Puntos 5.1.1 y 5.1.2

De inmediato

Qué

Nueva identificación cuando cambian las condiciones de la tarea o el proceso productivo

Dónde

Puntos 5.1 y 5.3

90 días

Qué

Intervenir una condición crítica o un riesgo medio o alto; también lo que se resuelve con medidas administrativas

Dónde

Puntos 5.1.3 y 5.2

180 días

Qué

Intervenir lo que se resuelve con medidas de ingeniería tras la evaluación avanzada

Dónde

Punto 5.2

30 días corridos

Qué

El organismo administrador entrega el informe técnico con medidas, responsables y plazos

Dónde

Punto 5.3

5 días

Qué

La empresa informa los resultados a los trabajadores y sus representantes desde que recibe el informe

Dónde

Punto 5.3

5 días hábiles

Qué

Listado de trabajadores expuestos que entran a vigilancia de salud, tras un resultado no aceptable

Dónde

Punto 6

4 meses

Qué

La empresa actualiza ese listado y lo informa a su organismo administrador

Dónde

Punto 6

6 meses

Qué

Reidentificación, reevaluación y evaluación de salud de quienes siguen expuestos

Dónde

Punto 12.1.5

Vigilancia de salud

Quién entra a vigilancia y qué capacitación se pide

Pantalla de pendientes de la app con reevaluaciones y medidas por vencer
  • Entran quienes trabajan en puestos con condición no aceptable (crítica o media), quienes tienen una enfermedad profesional asociada y su grupo de exposición similar (punto 3.2).
  • La evaluación de salud usa el cuestionario nórdico, el Quick DASH y la escala de Oswestry (anexos IV a VI), con consentimiento informado.
  • Se repite cada 6 meses mientras el riesgo siga; cuando el puesto se corrige, se hace una evaluación de egreso (punto 12.1.5).
  • Capacitación: 8 horas cada 2 años para trabajadores expuestos y 16 horas cada 2 años para jefaturas (punto 8).

Para diseñar las medidas, el protocolo recomienda la guía de ergonomía participativa del ISP.

En la app

El protocolo TMERT en la app

La app gratis de iGromi lleva los registros del protocolo: la foto del puesto, cada medida con su plazo y el PDF del período con quién firmó. Los métodos de evaluación los aplica tu experto o tu organismo administrador.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el protocolo TMERT

¿Qué es el protocolo TMERT?
Es el protocolo del Ministerio de Salud para vigilar a quienes trabajan expuestos a factores de riesgo de trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo (TMERT). La versión vigente es la V3, aprobada por la Resolución Exenta N° 1.697 de 2025 y publicada en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2026. Incluye la vigilancia del ambiente (identificar y evaluar los puestos) y la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.
¿El protocolo TMERT es solo para extremidades superiores?
Ya no. La norma técnica original de 2012 se centraba en las extremidades superiores (TMERT-EESS). El protocolo V3 identifica siete factores: trabajo repetitivo de miembros superiores, posturas estáticas o forzadas, levantamiento y transporte de cargas, empuje y arrastre, manejo manual de personas, y vibraciones de cuerpo entero y mano-brazo.
¿Quién debe aplicar el protocolo TMERT?
Todas las entidades empleadoras, sin importar rubro ni tamaño. El DS 594 (art. 110 a.1) obliga al empleador a evaluar los factores de riesgo de trastornos musculoesqueléticos según la norma del MINSAL. La empresa hace la identificación inicial; la mediana y grande también la avanzada; en micro y pequeña empresa la identificación avanzada se hace con un profesional del organismo administrador.
¿Cuál es la lista de chequeo del protocolo TMERT?
La identificación inicial (Tabla 1 del protocolo) es una lista de siete preguntas SI/NO por puesto de trabajo, una por factor. Si todas son NO, no hay exposición y se repite cada 3 años. Si alguna es SI, hay presunción de exposición y se aplican las tablas de identificación avanzada para ese factor.
¿Qué significan verde, amarillo y rojo?
Son los niveles de riesgo de la evaluación inicial que hace el organismo administrador con métodos como ART, REBA o MAC: verde es riesgo bajo y se revisa cada 3 años; amarillo es riesgo medio y rojo riesgo alto, y en ambos casos hay que intervenir el puesto en un máximo de 90 días y reevaluar.
¿Qué plazos tiene el protocolo TMERT?
Los principales: 90 días para intervenir una condición crítica o un riesgo medio o alto (y lo que se resuelve con medidas administrativas), 180 días para medidas de ingeniería, 30 días corridos para que el organismo administrador entregue su informe, 5 días para que la empresa informe a los trabajadores y reevaluación cada 6 meses mientras siga la exposición.
¿Quién entra a vigilancia de salud?
Quienes trabajan en puestos con condición no aceptable (crítica o media) en la identificación avanzada, quienes tienen una enfermedad profesional asociada a estos factores y su grupo de exposición similar. El listado se arma en 5 días hábiles y la empresa lo actualiza cada 4 meses. Siguen en vigilancia hasta que el puesto llega a un nivel aceptable.
¿Qué capacitación pide el protocolo?
Para trabajadores y trabajadoras expuestos, 8 horas cada 2 años sobre factores de riesgo, el proceso y las medidas de su puesto. Para jefaturas, 16 horas cada 2 años. Los integrantes del comité paritario, prevencionistas y ergónomos tienen exigencias propias según su función (Tabla IX del protocolo).

Fuentes: Protocolo TMERT V3 (MINSAL, publicado por el ISL) · Res. Ex. N° 1.697 en el Diario Oficial · ISL, protocolo de vigilancia TMERT · DS 594 en Ley Chile · DS 44 en Ley Chile · ISP, guía de ergonomía participativa · IST, TMERT. Revisado el 1 de noviembre de 2026.

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